La Segunda Sala Penal del Juagado de Primera Instancia del Distrito Nacional aplazo para el martes 10 de junio del presente año el conocimiento de la audiencia de la querella interpuesta por Pedro Corporán contra el periodista Marino Zapete Corniel, por difamación e injuria, luego de que este ultimo hiciera comentarios de contenido difamatorios, sobre la impresión de una revista que editara el presidente del Partido de Unidad Nacional (PUN),, para dar respuesta a las acusaciones vertidas en los distintos espacios de SIN, Titulada Cruzada de Defensa del Honor y la Dignidad Publica.
Se recuerda que dicha acción sobre la demanda se produjo a raíz de varios trabajos realizados por la periodista Alicia Ortega a partir del día 21 de enero del año 2013 en el programa el informe y la repetición constante a través de todos los medios del grupo SIN, tales como el Despertador, Noticias SIN, así como en varias emisiones, el espacio Ahora es y la revista la Lupa Sin Trabas.
Según Corporán, este Armagedón provoco la edición de la revista debido a que le negaron el derecho a réplica consagrada en la Constitución de la República, en el artículo 49, ordinal 4 que había solicitado en diversas ocasiones por escrito, para aclarar todas las confusiones vertidas por los periodistas, Alicia Ortega y Marino Zapete, siendo este último quien lo acusara de forma directa en el programa El Despertador y en el Jarabe de Zapete, por Tele radio América Canal 45, asegurándole al país que Corporán había utilizado recursos públicos del IDECOOP, para la impresión de la revista Cruzada, lo que fundamenta la querella y demanda sobre difamación e injuria.
Al reanudarse el proceso se ventilaba la posibilidad de una conciliación, sin embargo la parte demandada no aceptó el acuerdo, cuando la parte civil constituida representada por Pedro Corporán refirió ante el Juez el sagrado derecho a réplica que siempre solicitó.
Según Corporán, el día 29 de julio del 2013, la Jueza suplente de la novena sala del Distrito Nacional hizo una audiencia clandestina con la participación exclusiva de la parte demandada, sin que él, ni sus abogados, fueran debidamente notificados, mediante acto de alguacil, “en ese sentido decidimos incoar un recurso de casación contra la sentencia núm. 133-2013, ante la Suprema Corte de Justicia, quien caso la referida decisión y ordeno el envió del proceso por ante la Presidencia de la Cámara penal del juzgado de primera instancia determinando que se reanudara el proceso”.
Agrego que el periodista Marino Zapete durante todo el proceso ha querido confundir al Ministerio Publico en cuanto a la demanda obviando las acusaciones emitidas por él, en donde expresa textualmente que el Presidente del PUN había utilizado recursos del IDECOOP, para editar la revista que ha sido la única vía de hacer valer la verdad solar, ante el país y el mundo