El Ministerio de Salud y el Observatorio Judicial Dominicano (OJD) de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode) expusieron el conversatorio “La perspectiva jurídica de la protección de la maternidad a la luz del Convenio número 183 de la OIT”.
El objetivo de la actividad fue mostrar desde una óptica judicial las principales garantías que protegen a la mujer embarazada en el aspecto laboral.
La doctora Addis Domínguez, directora de la Oficina de Equidad de Género y Desarrollo indicó que el convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OTI) es un mecanismo que promueve la igualdad de todas las mujeres integrantes de la fuerza de trabajo y salud, de la madre y el niño en los estados signatarios del mismo.
“La salud materno-infantil es una prioridad nacional e institucional por lo que creemos oportuno este espacio de intercambio, que trae novedades y la ratificación del Congreso Nacional Convenio 183”, expresó.
La doctora Domínguez dijo que en el sector Salud se debe impulsar la correcta aplicación de estos marcos jurídicos para garantizar los derechos de mujeres y hombres, contribuyendo a una mejor salud y calidad de vida de nuestras mujeres y las familias dominicanas.
Sabrina Mañón investigadora del OJD-Funglode expuso sobre la necesidad del fortalecimiento de las legislaciones que favorecen la protección de la maternidad, ya que múltiples factores laborales pueden colocar a la trabajadora embarazada en una situación de riesgo, tanto para ellas como para sus niño.
De su lado, el investigador del OJD-Funglode, Ramón Jorge, explicó que la importancia de la protección de la maternidad radica en que la misma goza de rango constitucional, al tenor de las disposiciones del artículo 55 acápite 6 de la Carta Magna dominicana. Asimismo, indicó que la salud materna es un compromiso internacional y nacional asumido por la República tanto a través de los Objetivos de Desarrollo del Milenio como con los objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.
Convenios de la OIT sobre la protección de la maternidad
Desde 1919, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha elaborado tres convenios sobre la protección de la maternidad. Se trata del 3 (1919), el 103 (1952) y 183 (2000). El más reciente, el Convenio 183 ─del 15 de junio del año 2000─ es el primer tratado internacional especializado en la protección de la maternidad que ha sido ratificado por el Estado dominicano.
A partir de la entrada en vigor del Convenio número 183, prevista para el 9 de febrero de 2017, el país se incorpora al grupo de estados en el mundo (53) que han establecido al menos las 14 semanas como licencia de maternidad, subrayó Sabrina.
Respecto a las relaciones laborales de carácter privado, “el Código de Trabajo de República Dominicana, consagra dicha protección en sus principios fundamentales y dedica trece artículos a establecer las garantías a la maternidad en el trabajo”, resaltó Jorge. Añadió también, que el Decreto número 523-09 regula las relaciones laborales de carácter público.
El Convenio introduce novedades que inciden positivamente en la salud materna, lo que incluye ampliar el ámbito de aplicación de la protección de la maternidad, establecer el certificado médico como medio de prueba idóneo de la maternidad, prohibir el sometimiento previo de examen de embarazo a las mujeres para el acceso al empleo y su aplicación es extensiva tanto a los empleados públicos como privados.
En la actividad participaron representantes de la Comisión de Lactancia Materna, Comité Nacional para la Transversalización de Género en Salud, Ministerio de Trabajo, Instituto Dominicano de Aviación Civil, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y la sociedad civil.