Mario Díaz, vocero de la entidad, dijo que el recurso fue depositado en el Tribunal Constitucional (TC) el pasado viernes 20 de enero de 2022.
El vocero de CONATRA explicó que tomó la decisión “en vista de que, inmediatamente el honorable señor presidente de la República, Luis Abinader se mostró en desacuerdo con las declaraciones de doña Milagros Ortiz Bosch, sobre el tema de la reducción del 50+1 de los votos requeridos para la elección presidencial”.
Díaz informó que también desapoderó a los abogados Fredermido Ferreras Díaz, Frederick Leonel Ferreras González y Natividad Nairobi Pujols Pujols para accionar respecto a su nombre respecto al tema.
A seguidas publicamos integro el comunicado de prensa remitido por CONATRA al periódico eXtradigital.com.do.
COMUNICADO
A LA OPINIÓN PÚBLICA
Viernes 21 de enero de 2022
Por este medio queremos informar a todos los medios de comunicación y a la opinión pública nacional e internacional, que en vista de que, inmediatamente el Honorable Señor Presidente de la República, Luis Abinader se mostró en desacuerdo con las declaraciones de doña Milagros Ortiz Bosch, sobre el tema de la reducción del 50+1 de los votos requeridos para la elección Presidencial, quien suscribe, por interpósito de nuestros abogados, procedimos a solicitar al Tribunal Constitucional, la devolución y retiro del recurso y del expediente que habíamos depositado el pasado viernes 20 de enero de 2022, en esa Alta Corte, en contra de dicha disposición, y del cual nos habíamos constituido como parte accionante, procediendo además a DESAPODERAR a nuestros abogados para que no nos representen.
Pedimento al Tribunal Constitucional:
ÚNICO: Solicitud de devolución y retiro del expediente de la ACCIÓN DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD contra el artículo 209 de la CONSTITUCIÓN por ser contrario a los artículos 1, 2, 4, 7, 8, 22, 47, 68, 69, 74.4, 124, 208, 209, 216, 39, el artículo 209 por ser contrario a los artículos 1, 2, 4, 7, 8, 22, 47, 68, 69, 74.4, 124, 208, 209, 216, 39, y por lo establecido en el artículo 47 y 74.4 de la CARTA MAGNA que declara de pleno derecho toda ley, Decreto, Reglamento, Ordenanza y cualquier otro acto contrario a la CONSTITUCIÓN, los Actos que subvierten el orden Constitucional y el Principio de Favorabilidad a favor del ciudadano, que consagra el artículo 74.4, y por ser contrario además al artículo 73, que establece la nulidad de los actos que subvierten el orden CONSTITUCIONAL, incoado el 20 de enero del año 2022, por los señores José Nicasio Díaz Guzmán (Mario Díaz) y los abogados (DESAPODERADOS), FREDERMIDO FERRERAS DIAZ, FREDERICK LEONEL FERRERAS GONZALEZ y NATIVIDAD NAIROBI PUJOLS PUJOLS.
Gracias por la interpretación y la comprensión.
Lic. José Nicasio Díaz (Mario Díaz).
Fuente: ExtraDigital