La acción de habeas corpus se fundamenta en la decisión judicial dictada en fecha 13 de diciembre de 2022 por el Juzgado de la Instrucción de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, mediante la cual ordenó la variación de la prisión preventiva que pesaba en contra de María Luisa (Mary Louise) Ventura, de 65 años de edad. Dicha medida fue impuesta inicialmente por tres meses, pero se extendió por diez meses.
La referida decisión judicial consideró la avanzada edad de la imputada, el deterioro de su estado de salud, así como la necesidad de que sea sometida a una cirugía ortopédica en los próximos días. Los abogados Yurosky Mazara, Luz Díaz, Cristian Cabrera y Manuel Domínguez, quienes integran el consejo de defensa, explicaron que “la prisión preventiva no resultaba proporcional en las actuales circunstancias, tal y como tuvo a bien apreciar la jueza de la instrucción, pues se acreditó que los riesgos procesales ya se habían disipado y el tribunal se convenció de que la imputada puede permanecer sujeta al proceso mediante otras medidas igualmente gravosas, mientras se agotan los trámites inherentes a la salida alterna que ha sido propuesta por todas las partes”.
Los abogados se quejan de que, pese a documentarse el pago de la fianza y cumplirse todos los trámites administrativos de rigor, la fiscalía de Villa Altagracia se excusa en falta de energía eléctrica y carga laboral para no acatar la decisión judicial, impidiendo que el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres la ponga finalmente en libertad. Por el contrario, según se ha informado extraoficialmente, han optado por depositar paralelamente un recurso de apelación en contra de la citada decisión.
Yurosky Mazara, abogado de la imputada, señaló que “es preocupante el manejo que estamos viendo en este caso en un trámite rutinario que se ha prolongado de forma injustificada y se ha traducido lastimosamente en un encierro ilegal. Sabemos que la fiscal titular de Villa Altagracia es una fiscal de carrera que se ha caracterizado por ceñir su actuación al cumplimiento de la ley. Por eso nos extraña que se presenten excusas para imprimir una orden de libertad y firmarla, pero sí han tenido tiempo y recursos para imprimir y depositar un recurso de apelación, según nos informaron el día de hoy”.
La acción de habeas corpus solicita que se conmine al Ministerio Público a acatar la decisión judicial que ordenó la variación de la prisión preventiva y solicita un astreinte (penalidad diaria) de cien mil pesos en contra de todos los funcionarios que se nieguen a su ejecución. El Código Procesal Penal establece que las decisiones sobre medida de coerción son de ejecución inmediata y no pueden ser suspendidas por la interposición de un recurso de apelación.
La audiencia de Habeas Corpus fue fijada para conocerse este miércoles 21 de diciembre de 2022, a las 10:00 de la mañana, ante la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Villa Altagracia.
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