FUNDACIÓN DE MIILITARES CONSTITUCIONALISTAS DEL 24 ABRIL CONMEMORAN NACIMIENTO DE DUARTE

 FUNDACIÓN DE MIILITARES CONSTITUCIONALISTAS DEL 24 DE 



Al conmemorarse este domingo 26 de enero el 212 aniversario del natalicio de nuestro Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte y Diez, los militares y combatientes civiles de la revolución constitucionalistas del 24 de abril de 1965, hacen un llamado a todas las fuerzas vivas de la nación, para que honremos a este patriota, rechazando la corrupción, la impunidad y la violación a las leyes y la Constitución.





Para los constitucionalistas, convertidos en guardianes de la Constitución, el pueblo dominicano debe defender el cumplimiento de la educación en valorex éticos, civicos y de valores patrios, como lo señalan, tanto la Constitución en su artículo 216, entre otros, como la Ley de partidos políticos No. 33-18 en varios de sus artículos, en especial, el 34.


Continuaron señalando estos, que los partidos politicos, al no educar a toda su militancia, entre el fin de un gobierno y los tres años siguientes, antes del primer domingo de julio del año preelectoral, crean las condiciones, para que el dinero del narcotráfico y la corrupción, sean quienes decidan, mediante sobornos, la suerte de cada una de las elecciones, no asi la sentencia TC 0788/24, como algunos de ellos están alegando.


Recordaron, que el mejor homenaje que le podemos hacer a ese Patriota insigne, es imitar su ejemplo, ya que la vida de sacrifico de él, sus compañeros y familiares nos señalan el mejor camino, para poder robustecer y disfrutar de un verdadero Estado Social y Democrático de Derecho, donde los derechos fundamentales, el respeto a la dignidad, la igualdad de oportunidades y la distribución equitativa de las riquezas de la Nación, llegue de cada persona



El Lic. Andrés Fortunato victoria, hablando a nombre de los constitucionalistas, reiteró que en este mes de la Patria, todos los lideres políticos deben acatar la sentencia TC 0788/24, la cual crea las condiciones, para que las candidaturas independientes no tengan que ser presentadas ante la Junta Central Electoral, a través de los partidos, sino en la forma que establece la referida resolución.


Destacó el dirigente de esa entidad patriótica, que de ninguna manera se debe interpretar que la referida sentencia atenta contra el papel institucional de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas, sino que los conmina a su fortalecimiento en cuanto al mandato de la Constitución en su art. 216, cuando exige a los partidos políticos, practicar la democracia interna y la transparencia, asi como a educar en valores civicos, a los votantes, de acuerdo al mandato de la Ley 33-18, en su art. 34, para que los candidatos sean escogidos, por méritos y profesionalización, como establece el art. 142 de la Constitución 

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